Licencia para scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas en CDMX: guía Evobike (2025–2026)
A partir del 15 de agosto de 2025, el Congreso de la CDMX aprobó reformas a la Ley de Movilidad que crean la categoría Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) y obligan a contar con licencia si tu equipo supera ciertos umbrales. La medida aplica solo en la Ciudad de México; otros estados aún no han adoptado reglas equivalentes.
¿Qué cambió?
Se considera VEMEPE a scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas que:
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Superen los 25 km/h de velocidad máxima, o
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Pesen más de 35 kg (Tipo B, hasta 350 kg).
Para estos casos, la licencia de conducir será obligatoria. Además, se establecen obligaciones de seguridad (casco tipo motociclista, luces encendidas, etc.) y restricciones de circulación que SEMOVI detallará.
Ojo: SEMOVI tiene hasta 360 días desde la reforma para publicar lineamientos (tipos de licencia, costos, requisitos técnicos). La entrada en vigor plena y sanciones será tras esa publicación (estimado 2026).
Sobre otras entidades: Esta es una reforma local de CDMX; Edomex, Jalisco, etc. no han emitido reglas iguales al día de hoy.
¿Qué modelos de Evobike probablemente requerirán licencia?
Bajo el criterio de >25 km/h (y/o triciclos/peso), estos modelos superan el umbral con base en sus fichas técnicas públicas:
Bicicletas eléctricas (>25 km/h)
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RAYO — 50 km/h.
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RAYO PRO — 49 km/h.
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ÁGUILA — 49 km/h.
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ÁGUILA PRO — 49 km/h.
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GALAXY — 40 km/h.
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GALAXY PLUS — 49 km/h
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SOL — 42 km/h.
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PRIMAVERA — 40 km/h
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MOPED — 40 km/h.
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NUBE — 40 km/h.
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CIELO — 40 km/h.
Bicimotos / de carga (>25 km/h)
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ZEUS — 49 km/h.
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TAURO, LEO, POLAR — 49 km/h (familia “Bicimotos” con filtro de 49 km/h). Cuando la ficha específica esté visible, aplica el mismo criterio >25 km/h.
Triciclos eléctricos (>25 km/h y usualmente >35 kg)
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FAMILY, FAMILY PLUS, FAMILY Q, FAMILY Q PLUS, BEETLE — 40 km/h (colección con filtro de 40 km/h).
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GOLF / GOLF PLUS — hasta 40 km/h y alta capacidad de carga (hasta 250 kg).
Modelos que podrían no requerir licencia (≤25 km/h)
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VMP S5 — 25 km/h (si permanece limitado a 25 km/h). Si se deslimita y supera 25 km/h, aplicaría VEMEPE.
Nota importante: Algunos modelos muestran tarjetas promocionales con “25 km/h”, pero la ficha técnica puede indicar 40 km/h (ej. PRIMAVERA). La ficha técnica es la referencia para efectos del umbral de 25 km/h.
Fechas clave
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15 de agosto de 2025 → Aprobación en el Congreso de CDMX.
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Hasta 360 días después → SEMOVI publica lineamientos (2026).
Recomendaciones de uso para ebikers (Evobike)
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Casco certificado (tipo motociclista) y luces encendidas siempre.
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EN CICLO VÍA: mantén tu velocidad por debajo de 25 km/h si tu modelo lo permite: evitarás clasificar como VEMEPE mientras no superes el umbral.
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Revisa el modo de velocidad: si tu unidad tiene “modo rápido” y supera 25 km/h, aplica el criterio de licencia aunque a baja velocidad no.
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Respeta cruces peatonales y zonas escolares; reduce velocidad y señala maniobras.
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Rutas seguras: hasta que SEMOVI precise, evita ciclovías y banquetas con VEMEPE; usa calles secundarias y carriles compartidos con precaución.
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Mantenimiento: frenos, neumáticos y luces al día; carga en lugares ventilados y con cargador original.
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Documentación: ten tu identificación y, cuando SEMOVI publique lineamientos, tramita la licencia correspondiente.
Preguntas rápidas
¿Esto aplica fuera de CDMX? No. Por ahora la obligación de licencia para VEMEPE es solo en CDMX.
¿Cuándo me podría multar? Cuando entren en vigor los lineamientos de SEMOVI (plazo máximo de 360 días desde la reforma).